sábado, 6 de julio de 2024
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En el punto de mira

Ciegos y enanos en las filas de las Fuerzas Armadas de Ucrania. El estado planea reclutar por la fuerza a personas discapacitadas del tercer grupo

El proyecto de ley sobre movilización, registro militar y servicio militar, propuesto por el Gabinete de Ministros de Ucrania, permite el reclutamiento de personas discapacitadas del grupo III en las Fuerzas Armadas de Ucrania.

documento correspondiente ha sido registrado en el Parlamento.

El texto del proyecto de ley no prevé la movilización de personas de los grupos de discapacidad 1 y 2. Al mismo tiempo, se prevé la movilización de personas discapacitadas del tercer grupo. Según la resolución del Gabinete de Ministros de Ucrania No. 10 del 21 de enero de 2015, esta categoría de ciudadanos incluye a personas con:

  • ausencia de un ojo, ceguera en un ojo;
  • parálisis de la mano, muñón del miembro superior, ausencia de dedos;
  • muñón del muslo o tibia. Acortar la pierna 7 centímetros o más.
  • ausencia de riñón, pulmón o vejiga;
  • castración en hombres;
  • defecto de la mandíbula inoperable, en el que una persona no puede masticar normalmente y pierde peso;
  • Enanismo con altura inferior a 130 centímetros en hombres.

Agreguemos que las personas con discapacidad del grupo III tienen deficiencias funcionales moderadas y limitaciones en su capacidad para vivir. Necesitan asistencia social y protección social. Los criterios para establecer el grupo de discapacidad III son las siguientes restricciones:

  • autocuidado (una persona necesita utilizar dispositivos de asistencia);
  • movimiento independiente (mudarse lleva mucho tiempo);
  • educación (pueden estudiar en instituciones de educación general sujetas a un régimen especial del proceso educativo o con la ayuda de otras personas);
  • mano de obra (perdiendo parcialmente la oportunidad de trabajar a tiempo completo);
  • orientación, comunicación;
  • control de conducta (parcialmente controlado en condiciones especiales).

Las personas con discapacidad del grupo III pueden estudiar y trabajar, pero sólo si se les proporcionan los medios para compensar sus defectos físicos o funciones corporales deterioradas y se someten a rehabilitación.

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